
Furgón 3m³ (3 Plz)
Cancela entre 7 días y 48h antes -> Devolución 75% del importe.
Cancela menos de 48h antes del día de la reserva -> No se devuelve nada.
2.2. Para pruebas deportivas o de resistencia de materiales, accesorios o productos para automóviles, debiendo el contraventor abonar al arrendador el importe, sin límite, de cualquier daño ocasionado en la carrocería o mecánica del vehículo por tal indebida utilización.
2.3. Por persona bajo influencias de bebidas alcohólicas o narcóticos.
2.4. El vehículo será conducido únicamente por el arrendatario o 1) el empresario o empleado del arrendatario; 2) familiar próximo del arrendatario; en ambos casos previa autorización del arrendador y siempre que sean mayores de 25 años.
2.5. En caso de vehículos comerciales, para el transporte de mercancías clasificadas como especiales por la vigente Ley de Transportes, salvo encontrarse debidamente autorizado el arrendatario.
2.6. En caso de vehículos comerciales, para el transporte de mercancías en contravención de los reglamentos de aduanas o de cualquier ley, reglamento u ordenanza.
2.7. En caso de vehículos comerciales, para salir fuera de España, a menos que haya obtenido previamente autorización escrita del arrendador.
2.8. En caso de vehículo comercial, para transportar mercancías con peso superior al máximo autorizado para el vehículo, ni mercancías deficientemente distribuidas o mal sujetas ni para efectuar servicios de carga fraccionadas, entendiéndose por tal las expediciones en que haya más de un sólo remitente y/o más de un sólo consignatario.
2.9. Para el transporte de mercancías o pasajeros en contravención de los Reglamentos de aduanas o de cualquier ley, reglamento u ordenanza para transporte remunerado de pasajeros o mercancías para su arrendamiento explícito o implícito; para el transporte de pasajeros en exceso del número de asientos de que disponga el vehículo, ni en exceso del número de plazas indicadas en la Tarjeta de Transportes del vehículo.
2.10. En caso de vehículo comercial, para transportar pescado, material inflamable o explosivos, combustibles líquidos y gaseosos, frutas y hortalizas en recorrido mayor de 300 kilómetros y cualquier clase de líquido embotellado.
2.11. Negligentemente, es decir, que el arrendatario se compromete a mantener el vehículo cerrado cuando no lo utilice y a conservar personalmente la documentación del vehículo que no deberá dejar dentro del mismo.
El arrendatario reconoce haber recibido el vehículo en perfectas condiciones de marcha y limpieza, con cinco neumáticos en buen estado y así deberá ser devuelto dentro de las 24 horas siguientes a la finalización del contrato o de prórrogas, en el mismo lugar en donde fue arrendado. Se compromete a no efectuar modificación alguna en su estructura y a no montar baca sobre su techo ni a transportar equipajes ni mercancías sobre el mismo, (haciéndose cargo de toda la gasolina o carburante consumido durante el arrendamiento)
2) No existirá si el arrendatario ha convenido previamente con el arrendador la renuncia a toda responsabilidad por daños ocasionados al vehículo derivados de colisión o vuelco.
1. g) El importe o diferencia de valor de toda rueda de repuesto, herramientas, accesorios o equipos que al término del arrendamiento falten del vehículo o hayan sido sustituidos por otros.
2. h) El pago será efectuado, en todo caso, en el domicilio social del arrendador.
3. El arrendatario no será responsable de los daños ocasionados al vehículo no producidos por colisión, si no causados por contingencias corrientes cubiertas por pólizas del seguro del automóvil.